CONSEJILLOS PARA EL VIAJERO
Ya lo dijo algún sabio, a la hora de preparar ese
maravilloso viaje que tienes organizado lo primero que debes meter en la maleta
es tu salud. Por ello desde aquí
queremos hacer hincapié en este tema, recordándote al final las direcciones
donde puedes ampliar toda esta información.
A TENER EN CUENTA
·
Recordarte que te informes bien en la agencia de viaje o
líneas aéreas de las prohibiciones o restricciones que tiene cada país en las
aduanas , a veces un perfume, una botella de alcohol o un embutido pueden
hacerte perder un tiempo inimaginable. Así mismo la Oficina de Información
Diplomática del Ministerio de Asuntos Exteriores dispone de un listado de
países a los que no es recomendable ir debido a guerras, etc.
·
Si te ves
involucrado en diferencias con la agencia de viajes, problemas en el
aeropuerto, etc. sabed que os podéis dirigir a la Organización de Consumidores
y Usuarios (OCU) para que os ayuden con el problema. O a las oficinas de la OMIC de cada
ayuntamiento. Aunque a veces con los nervios nos olvidamos de todo, siempre es
bueno apuntar la hora en que ocurrió el percance, así como el nombre de la persona
que te atendió y el lugar donde ocurrió todo, para ponerlo en la reclamación
que hagáis.
·
Organiza bien
tus maletas. Lo que tengas de más valor, así como los documentos conviene
llevarlo en un bolso de mano. Conviene también llevar unas fotocopias de los
documentos más importantes y ponerlas en otro lado por si se pierden los
originales.
·
Si vais en
coche, y aunque ya lo dice la tele, tened precaución. Diez minutos de retraso
son preferibles a un accidente. Una página interesante sobre consejos para
viajar en coche ( en verano, con niños, con animales, etc..) es www.race.es en el apartado de viajar.
·
Los servicios
de emergencia en la U.Europea trabajan con el 112. Así mismo se puede acceder a
un servicio gratuito sobre los derechos de los viajeros (Servicio de
Información Central Europe: 0080067891011. Desde cualquier lugar de la U. Europea)
·
Si te roban,
denúncialo a la policía local. La mayoría de los seguros cubren este tipo de
incidentes siempre y cuando se presente la denuncia.
EN CUANTO AL SOL
Especial atención a la cabeza y los ojos, el uso de gorro y gafas de sol con protección
es más que conveniente. Intentar evitar exponerse al sol en horas de mayor
intensidad (12 a 16 h.)
A LA HORA DE COMER
·
Es
aconsejable no comer frutas sin pelar, ni verduras crudas (especial atención a
las ensaladas), ni pescado crudo. Las carnes bien hechas y especial atención en
la repostería. Como diría aquel sabio consejo:”Cuécelo, pélalo u olvídalo”
Así
mismo hay que evitar la comida “callejera”. Los platos preparados con huevos
crudos, mayonesas caseras y salsas pueden resultar peligrosos, así como los
helados de puestos sin garantías. Leche envasada y derivados lácteos
higienizados.
·
No abusar de
los picantes, condimentos, bebidas alcohólicas y frutas ácidas
·
Lavarse las
manos con frecuencia (sobre todo antes y después de comer)
CUIDADÍN CON EL AGUA
·
El agua
tomadla siempre embotellada, no son recomendables, por mucho que nos pese,
los cubitos
de hielo así como los helados. Es
aconsejable tomar abundante líquido.
·
A la hora de
bañarse hay que tener cuidado en los ríos y lagos, aparte de poder quedar
atrapado por algún remolino se pueden
adquirir enfermedades parasitarias.
·
Siguiendo con
el agua, conviene realizar una buena limpieza corporal, sobre todo en países
tropicales, y luego secarse bien ya que las zonas húmedas pueden ser foco de
infección.
·
Evitar
lavarse los dientes con agua que no sea segura. Conviene lavarse con agua y jabón.
VESTIMENTA
·
La ropa es fundamental
teniendo siempre en cuenta la climatología. El algodón es lo más útil si se
viaja a zonas húmedas o de altas temperaturas.
·
El calzado
cómodo, práctico y a poder ser transpirable.
·
Aconsejable
sacudir sábanas y mantas antes de acostarse por el tema de los insectos. Hacer
lo mismo con la ropa y calzado a la hora de vestirse.
·
Al anochecer
y amanecer se recomienda vestir ropa de manga larga y pantalón largo, así como
intentar evitar llevar colores oscuros y perfumes intensos (ya que atraen a los
mosquitos).
BOTIQUÍN DE VIAJE
·
Analgésicos
(paracetamol), sobrecitos con suero oral, antidiarreicos, Biodramina o similar
(mareos), desinfectante para la piel, repelente antimosquitos, gasas, algodón, tiritas, esparadrapo, antihistamínicos, crema
de filtro solar, tijerillas, vendas, imperdibles....
·
El botiquín
es recomendable que sea resistente y ligero. Ordenarlo bien y en la mochila no
lo llevéis nunca en la parte superior. Si vais en avión, intentad llevarlo en el equipaje de mano.
Recordad que si usáis gafas es conveniente llevar unas de repuesto no es
cuestión que por un tropezón tengas que ver borrosos esos impresionantes
paisajes.
·
Si llevas
medicamentos que necesitan receta médica, deberás llevar un informe médico
declarando que el viajero necesita de esa medicación.
VACUNAS
·
Infórmate
bien sobre el país al que te diriges. Ver: “documentos importantes a la hora de viajar”
Y ADEMÁS
·
Si tenéis
alguna aventurilla veraniega recordaros que el preservativo es el medio más
eficaz para evitar el contagio de las enfermedades en las relaciones sexuales,
así como para evitar embarazos no deseados.
·
Si vas fuera
de la zona euro (Alemania, Austria,
Bélgica, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, España, Letonia, Estonia, Finlandia,
Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Paises Bajos y Portugal) llévate dólares. No tendrás problema para
comprar cualquier cosa.
·
Recordarte
que en la mayoría de las ciudades importantes existen tarjetas que te hacen
descuentos en restaurantes, transportes, museos, etc. Así como programas de
turismo específicos para algunas Comunidades (La escapada Gallega, Visado Verde
en Cantabria etc.)..
·
Si se viaja
con hijos menores importante llevar el
libro de familia.
·
Temas como
enchufes, electricidad, etc. sería bueno consultarlo antes por si hace falta
adaptadores, etc….
·
Cualquier
problema en el extranjero contactar con la embajada o consulado (temas como
expedir pasaportes por pérdida, información sobre servicios médicos o
jurídicos, etc…).
www.maec.es (en la parte de abajo está la pestaña”recomendaciones para viajar al extranjero”)
·
Y bueno,
sobre todo disfrutad del verano y de la vida.
CONSEJOS
ÚTILES
(recogidos de la web de la Comisión Europea)
Con la llegada de las vacaciones y millones de europeos desplazándose
dentro y fuera de la Unión Europea, conviene tener en cuenta una serie de
recomendaciones antes de salir de viaje. Tanto si se refieren al seguro
médico, a la resolución de un litigio con un operador turístico o al modo de
viajar con un animal de compañía, estas recomendaciones son un buen ejemplo de
cómo la UE también se ocupa de ayudar a los turistas europeos.
¿Quién me puede ayudar en caso de
urgencia médica?
¿Tiene previsto viajar en la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein,
Noruega o Suiza? Si así es, no olvide llevarse consigo su Tarjeta
Sanitaria Europea (TSE). La Tarjeta Sanitaria le ahorrará
tiempo, dinero y molestias si cae enfermo o sufre un accidente en el
extranjero. Puede solicitar gratuitamente la Tarjeta Sanitaria
a la Seguridad Social. La Tarjeta Sanitaria garantiza el
acceso a urgencias en las mismas condiciones y al mismo coste (en algunos
países, gratis) que las personas aseguradas en el país de destino.
¿A qué número llamar en caso de
urgencia?
El 112 es el número universal de urgencias europeo, accesible de
forma gratuita en toda la UE, desde cualquier teléfono fijo o móvil. El 112 pone en
comunicación a la persona que llama con el servicio de urgencias
correspondiente las 24 horas del día: policía, bomberos o urgencias
médicas locales. El 112 ya está funcionando en todos los Estados
miembros de la UE junto con los demás números de urgencia nacionales como, por
ejemplo, el 999 o el 110. Dinamarca, Finlandia, Malta, los
Países Bajos, Portugal, Rumanía y Suecia han decidido que el 112 sea también el
único número de urgencias de su país. El 112 también se utiliza en
algunos países de fuera de la UE como Croacia, Montenegro y Turquía. http://ec.europa.eu/information_society/activities/112/ms/index_es.htm
Quiero viajar
fuera de Europa, pero mi país no tiene embajada ni consulado en el país de
destino. ¿A quién llamo si necesito ayuda?
Como ciudadanos de un Estado miembro de la UE y, por lo tanto, como
ciudadanos de la UE, siempre tenemos derecho a la asistencia consular si nos
hallamos fuera de la UE aunque nuestro país no tenga representación consular en
el país de destino. Podemos acudir a la embajada o a la representación
consular de cualquier otro Estado miembro de la UE si, por ejemplo, nos detienen,
sufrimos un accidente grave o perdemos la documentación.
También tenemos derecho a recibir
ayuda en situaciones de crisis: los Estados miembros de la UE
están obligados a evacuar a todos los ciudadanos de la UE cuando sea necesario
igual que si se tratara de sus propios ciudadanos.
Para averiguar si
nuestro país dispone de representación consular en el lugar al que tengamos
previsto viajar, no hay más que consultar la web de la Comisión Europea sobre
protección consular:
http://ec.europa.eu/consularprotection.
http://ec.europa.eu/consularprotection.
¿A quién llamo si desaparece mi hijo?
La Unión Europea ha decidido crear un número de ayuda común
(116 000) para informar de la desaparición de menores en cualquier lugar
de los veintisiete Estados miembros de la UE. Tanto si es usted el padre o la
madre de un niño desaparecido, como si eres un niño que se ha perdido o que se
ha fugado o bien si es usted una persona que posee información sobre niños
desaparecidos, puede marcar ese número, que le pondrá en comunicación con una
organización especializada en prestar ayuda práctica tanto de orden
psicológico, como jurídico o administrativo.
Si durante las vacaciones tengo problemas con una compañía
aérea, con una empresa de alquiler de coches o con un operador turístico, ¿quién me puede ayudar?
En caso de retraso o de cancelación de un vuelo o
de un viaje en tren:
Si tiene usted problemas con una
compañía aérea de vuelos chárter o regulares, por ejemplo, por la anulación de
un vuelo o por un retraso, el Reglamento de la UE sobre compensación y
asistencia a los pasajeros aéreos le concede una serie de derechos.
Más información sobre los derechos de los pasajeros
aéreos:
http://ec.europa.eu/transport/passenger-rights/es/03-air.html
http://ec.europa.eu/transport/passenger-rights/es/03-air.html
Por otro lado, si tiene usted problemas con la cancelación o con un
cambio de horario de un tren, el Reglamento de la UE sobre los derechos y las
obligaciones de los viajeros de ferrocarril también le concede una serie de
derechos. Si viaja usted por la red ferroviaria internacional, existen una
serie de normas comunes que le amparan en toda la UE.
Más información
sobre los derechos de los pasajeros ferroviarios:
http://ec.europa.eu/transport/passenger-rights/es/13-rail.html
http://ec.europa.eu/transport/passenger-rights/es/13-rail.html
En caso de problemas si se viaja en autobús o en barco:
Se acaba de aprobar una nueva
normativa de la UE sobre los derechos de los pasajeros de autobús, que entrará
en vigor en diciembre de 2012, y otra sobre los derechos de los pasajeros
marítimos, que lo hará en marzo de 2013. Por lo tanto, el verano que viene este
tipo de pasajeros disfrutará de unos derechos similares a los del sector aéreo
o ferroviario.
Para más información, diríjanse a
las organizaciones de consumidores de su país. En el siguiente enlace hallará una
lista de contactos: http://ec.europa.eu/consumers/empowerment/cons_networks_en.htm#national
¿Existe alguna normativa específica para los viajeros con discapacidad?
Uno de los objetivos de la normativa de la UE sobre los
derechos de los pasajeros es precisamente proteger a las personas con
discapacidad y a las personas con movilidad reducida de toda discriminación
cuando viajen en avión o en tren y facilitarles el mismo acceso a la movilidad
que al resto de los ciudadanos.
Si, tras presentar una
reclamación, no consigue solucionar el problema surgido con una empresa ubicada
en otro Estado miembro de la UE, el Centro Europeo del Consumidor de su país puede
ayudarle a resolver el caso.
La Red de Centros Europeos del
Consumidor (Red CEC) es una red europea copatrocinada por la Comisión Europea y
por los Estados miembros. Consta de 29 centros, uno en cada
uno de los veintisiete Estados miembros de la UE, así como en Islandia y en
Noruega. Los Centros Europeos del Consumidor ofrecen
asesoría jurídica y práctica, median con las empresas de otro país europeo o
sugieren otro tipo de soluciones.
Más información sobre la red CEC,
modo de contacto incluido: http://ec.europa.eu/consumers/ecc/index_en.htm
Una nueva aplicación para teléfonos inteligentes
Si es usted usuario de un teléfono
inteligente, puede bajarse la nueva aplicación sobre los derechos de los
pasajeros y disponer en todo momento de toda la información necesaria.
Había reservado un viaje combinado, pero mi operador
turístico ha quebrado. ¿Cómo consigo
que me reembolsen el dinero?
La Directiva
sobre viajes combinados protege a los consumidores
europeos que salen de vacaciones y regula los viajes organizados que combinan
como mínimo dos de las siguientes opciones: 1) el transporte, 2) el
alojamiento y 3) otros servicios, tales como las visitas turísticas, que se
contratan sobre la base del todo incluido.
La protección que ofrece la Directiva incluye la
fiabilidad de la información que figura en los catálogos, el derecho de
anulación sin penalización, la responsabilidad civil por los servicios
prestados (por ejemplo, hoteles de nivel inferior al requerido) y el amparo en
caso de quiebra de un operador turístico o de una compañía aérea.
Me han gustado tanto mis vacaciones que estoy pensando en
comprar una propiedad en régimen de tiempo compartido en ese mismo lugar. ¿Cómo funciona eso?
Gracias a la nueva normativa de la
UE ya en vigor en los veintisiete Estados miembros (IP/12/528), los vendedores
de propiedades en régimen de tiempo compartido están obligados a facilitar al
cliente, antes de que este quede vinculado por el correspondiente contrato,
información precisa sobre el precio y la propiedad, así como sobre el período
exacto y la duración de la estancia a la que el cliente tenga derecho en virtud
del mencionado contrato. Dicha información ha de
facilitarse en la lengua del consumidor si así lo solicita.
La normativa también establece que
el cliente disponga de un plazo de reflexión de catorce días naturales para
retractarse del contrato sin que el vendedor pueda exigirle ninguna forma de
depósito o pago anticipado durante dicho plazo. Por lo tanto, antes de formalizar
el contrato, el vendedor está obligado a informar al cliente de su derecho de
retractación o desistimiento, del plazo durante el cual puede ejercer dicha
retractación o desistimiento y de la prohibición de exigir ningún anticipo
mientras corra dicho plazo.
Mis facturas telefónicas son tan exorbitantes que se me
dispara el presupuesto de las vacaciones. ¿Cómo
puedo reducir ese gasto cuando me vaya de viaje?
El 1 de julio de 2012 ha entrado
en vigor el nuevo Reglamento sobre la itinerancia móvil. La gran novedad
es el techo impuesto a las tarifas de itinerancia de los teléfonos inteligentes. Ahora bien, los
consumidores han de ser muy precavidos a la hora de escoger una tarifa de
descarga de datos en el extranjero. Por ejemplo, pagar 2 o 3 euros al
día por descargar sin límite datos en itinerancia parece una buena oferta, pero
hay que tener en cuenta que el cliente tendrá que abonar ese importe tanto si
se los descarga como si no. De modo que el techo impuesto a
las tarifas de la itinerancia es una buena red de seguridad para quienes no
descargan demasiados datos. También bajan las tarifas por
llamadas de voz y mensajes de texto más que las tarifas nacionales. En virtud del
nuevo Reglamento las tarifas vigentes son las siguientes:
·
29
céntimos por minuto más IVA por hacer una llamada
·
8
céntimos por minuto más IVA por recibir una llamada
·
9
céntimos más IVA por enviar un mensaje de texto
·
70
céntimos por megabyte (MB) más IVA por descargar datos o navegar por Internet
en el extranjero (cobro por kilobyte utilizado)
Si desea más información sobre el
Reglamento sobre la itinerancia móvil o sobre las tarifas que aplica su
operador, consulte la siguiente página de Internet: http://ec.europa.eu/information_society/activities/roaming/index_en.htm
¿Qué debo hacer si quiero llevarme a mi animal de compañía (perro, gato o
hámster) conmigo de vacaciones en la UE?
Caso de un ciudadano de la UE que
viaje por el territorio de la UE: Todos podemos viajar por la UE con
nuestro animal de compañía. Simplemente hay que tener en
cuenta un par de cosas. Si nos desplazamos con nuestro
perro a otro país de la UE, debe figurar en su pasaporte la fecha de la
vacunación antirrábica vigente. Pero, además, si viajamos a
Finlandia, Irlanda, Malta o el Reino Unido, tendremos que someter a nuestro
animal de compañía a un tratamiento antiparasitario. Esta exigencia
vale únicamente para perros, gatos y hurones. Por otra parte, es aconsejable
consultar a las autoridades competentes del país de la Unión Europea al que se
piense viajar cuáles son los requisitos para desplazarse a ese país con
cachorros de perros o gatos o con cualquier otro tipo de animal de compañía.
Caso de un ciudadano de la UE que regrese a su país desde fuera de la
UE: Los animales de
compañía con los que nos desplacemos por el territorio de la UE o con los que
regresemos a nuestro país desde fuera de la UE han de estar en posesión de un
pasaporte para animales. Según el país en el que hayamos
pasado las vacaciones, se le exigirá al animal, además de la vacunación
antirrábica, que se someta a una serie de pruebas y espere hasta tres meses
antes de entrar en la UE.
¿Me puedo traer quesos o productos cárnicos de mis vacaciones en el
extranjero?
De la mayoría de los países de fuera de la UE no se puede uno
traer productos cárnicos ni lácteos ni para regalo ni para consumo propio.
Hay países vecinos a los que, sin embargo, no afecta esa prohibición. Por ejemplo, si
regresamos a nuestro país desde Croacia, las Islas Feroe, Groenlandia o
Islandia, nos podemos traer hasta 10 kilos de determinados productos de origen
animal. Hay más excepciones: las que se aplican, por ejemplo, a
la leche en polvo para lactantes, a los alimentos para lactantes y a los
alimentos especiales imprescindibles por razones médicas o bien a los alimentos
especiales para animales de compañía. Ahora bien, esos productos han de
estar en embalajes precintados y no han de pesar más de 2 kilos ni
requerir refrigeración.
También nos podemos llevar a
nuestro país pescado y algunos crustáceos siempre que no superen los
20 kilos de peso a menos que vengamos de las Islas Feroe o de Islandia, en
cuyo caso no hay restricciones de peso. Productos de origen animal como la
miel también tienen restricciones de peso de 2 kilos.
DIRECCIONES DE INTERÉS:
Ministerio de Sanidad , Servicios
Sociales e igualdad.
www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/home.htm
(Centros de vacunación internacional): www.msssi.gob.es/profesionales/saludPublica/sanidadExterior/salud/centrosvacu.htm
Ministerio de Asuntos Exteriores.
www.exteriores.gob.es (servicios al ciudadano y allí pinchar “si
viajas al extranjero”)
Viajar por Europa: http://europa.eu/youth/es
http://europa.eu/youreurope/citizens/travel/index_es.htm
Si te pasas por el SIAJ . c/ POLVORANCA, 21 (GETAFE). te podemos facilitar la pequeña
guía “La Salud También Viaja” editada
por el Ministerio de Sanidad y Consumo, que te vendrá muy bien a la hora de
tener a la vista todos estos consejillos.
Otros
libros de consulta en el SIAJ:
.
Viajes Internacionales y Salud. Ministerio de Sanidad y Política Social.
. Cómo organizar un viaje en Internet



